Corte Constitucional ordena pagar salarios atrasados a madres comunitarias
Tribunal resolvió tutela por el desconocimiento de derechos laborales de estas mujeres durante casi 25 años.
Con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, la Corte Constitucional consideró que 106 madres comunitarias merecen una especial protección del Estado luego de fallar una tutela en la cual manifestaban que durante casi 25 años sus derechos fueron vulnerados al no recibir remuneración de sus labores criando hijos ajenos.
Por ello el Alto Tribunal ordenó al ICBF el pago retroactivo del salario a este grupo de mujeres como reconocimiento a su trabajo, entregándoles una mesada y reconociéndoles su pensión.
Para las demandantes, el pago asciende a 1.2 billones de pesos, sin embargo, la Corte no dio la cifra precisa de lo que se debe cancelar.
El magistrado Rojas indicó en la ponencia que lo sucedido “es un trato discriminatorio compuesto, toda vez que no se trata de una sola manifestación de discriminación, sino que comprende varios actos que fueron realizados en contra de las personas que desempeñaron la labor de madre o padre comunitario.
Y añadió que "Es continuado en la medida que duró o se mantuvo incólume por un lapso considerablemente amplio, 3 o 4 décadas aproximadamente. Es sistemático, ya que se materializó con la ejecución ordenada de múltiples actos y manifestaciones que contenían o se ajustaron a una ideología diferenciada en razón de género”.
Con esta sentencia se sienta un precedente para que, por medio de una tutela, otras 56 mil madres comunitarias reclamen la remuneración que no recibieron desde antes de 2014, fecha desde la cual se les reconoce mesada.